Cuando hace falta realizar un proyecto de calefacción por técnico titulado competente.

Agua caliente sanitaria ACS ducha baño

El reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE) establece en su artículo 15 qué documentación debe redactarse previamente a la ejecución de una instalación de calefacción.

Tiene que estar claro que la base de ejecución de una instalación, sea cual sea su tamaño, debe ser una documentación de diseño y dimensionado. Según el tamaño de la instalación será suficiente con una memoria técnica si es pequeña y hará falta un proyecto redactado por técnico titulado competente si es más grande.

Si, claro, yo soy un técnico titulado competente especializado en calefacción, por eso me interesa dejar claro este asunto.

La frontera entre las memorias técnicas y los proyectos en calefacción son 70 kW de potencia nominal. Pero es interesante aportar algún dato más.

En el caso en el que en un edificio existan múltiples generadores de calor, o frío, se debe sumar la potencia de todos para saber si hace falta proyecto.

En el caso de que exista una instalación solar no se tendrá en cuenta su potencia, que no se debe sumar al resto de generadores. A no ser que esté sola, sin generador de apoyo, en ese caso se tomará 0,7 kW por cada metro cuadrado de captación solar para saber si hace falta proyecto.

Un comentario

Deja un comentario

Este sitio utiliza Akismet para reducir el spam. Conoce cómo se procesan los datos de tus comentarios.